PRESENTACIÓN.
Presidencia Municipal
Secretaría de Contraloría
Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Artículo 32.- "Estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las Secretarías o su respectivo Órgano interno de control, todos los Servidores Públicos, en los términos previstos en la presente Ley. Asimismo, deberán presentar su declaración fiscal anual, en los términos que disponga la legislación de la materia.
Artículo 33.- La declaración de situación patrimonial deberá presentarse en los siguientes plazos:
I.- Declaración inicial, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:
a)- Ingreso al servicio público por primera vez;
b)- Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo;
II.- Declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año, y
III.- Declaración de conclusión del encargo, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.
*En el caso de cambio de dependencia o entidad en el mismo orden de gobierno, únicamente se dará aviso de dicha situación y no será necesario presentar la declaración de conclusión."
Artículo 34.- "Las declaraciones de situación patrimonial deberán ser presentadas a través de medios electrónicos, empleándose medios de identificación electrónica. En el caso de municipios que no cuenten con las tecnologías de la información y comunicación necesarias para cumplir lo anterior, podrán emplearse formatos impresos, siendo responsabilidad de los Órganos internos de control y las Secretarías verificar que dichos formatos sean digitalizados e incluir la información que corresponda en el sistema de evolución patrimonial y de declaración de intereses.
Artículo 35.- En la declaración inicial y de conclusión del encargo se manifestarán los bienes inmuebles, con la fecha y valor de adquisición. En las declaraciones de modificación patrimonial se manifestarán sólo las modificaciones al patrimonio, con fecha y valor de adquisición. En todo caso se indicará el medio por el que se hizo la adquisición.
Ley del Impuesto Sobre la Renta
Artículo 98. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo I, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:
Fracción III- Presentar declaración anual en los siguientes casos:
a)- Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo.
b)- Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual.
c)- Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea
d)- Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 96 de esta Ley.
e)- Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00."
AVISO DE PRIVACIDAD
Propósito por el cual se recaban sus datos personales y protección de los mismos
La Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de Contraloría, ubicada en la calle Gabriel Mancera No. 400, Colonia Punta Azul, es la responsable del uso y protección de sus datos personales con fundamento en el Artículo 67 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo así como a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo en sus artículos 1°, 3° frac. I, 34 y 35 informándole lo siguiente:
Los datos personales que recabamos de usted, que son necesarias para el servicio que solicita, los utilizaremos para las siguientes finalidades:
Ley General de Responsabilidades Administrativas
Artículo 32 Estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las Secretarías o su respectivo Órgano interno de control, todos los Servidores Públicos, en los términos previstos en la presente Ley. Asimismo, deberán presentar su declaración fiscal anual, en los términos que disponga la legislación de la materia.
Registrar en el Sistema integral de Declaración Patrimonial los datos públicos de los Servidores Públicos obligados a presentar declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad ante la Secretaría de Contraloría.
Para llevar a cabo las finalidades descritas en el presente aviso de privacidad, utilizaremos los siguientes datos personales:.
* Información General,
* Datos Curriculares,
* Datos del Encargo,
Además de los datos personales mencionados anteriormente, para las finalidades informadas, utilizaremos los siguientes datos personales considerados como sensibles.
* Datos del Cónyuge,
* Intereses,
* Ingresos,
* Activos y
* Deudas
Nota: le informamos que si usted no manifiesta su negativa para llevar a cabo el tratamiento descrito en los apartados anteriores, entenderemos que ha otorgado su consentimiento para hacerlo.
Cláusula de Transferencia: Le informamos que sus datos personales NO serán compartidos con dependencias distintas a nosotros.
Usted tiene derecho a conocer qué datos personales tenemos de usted, para qué los utilizamos y las condiciones del uso que les damos (acceso). Asimismo, es su derecho solicitar la corrección de su información personal en caso de que esté desactualizada, sea inexacta o incompleta (rectificación); que la eliminemos de nuestros registros o bases de datos cuando considere que la misma no está siendo utilizada conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la normativa (cancelación); así como oponerse al uso de sus datos personales para fines específicos (oposición). Estos derechos se conocen como derechos ARCO.
Los datos de contacto de la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo, quién gestionará las solicitudes para el ejercicio de derechos ARCO, asimismo auxiliará y orientará respecto al ejercicio del derecho a la protección de datos personales, son los siguientes: Camino Real de la Plata, Núm. 301, Lote 62, Super Mza. 2, lote condominal 03, corredor comercial mixto, Zona Plateada, C.P. 42084, teléfonos (01 771) 71 8 62 15 o 79 7 52 76, Pachuca de Soto, Hidalgo, E-mail: dgtg.trasparencia@hidalgo.gob.mx.